Guía · Ley 21.719
Derechos ARCO+ en Chile: cuáles son y cómo debe responder tu empresa
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La Ley 21.719 reconoce a todo titular seis derechos ARCO+: acceso, rectificación, supresión (cancelación), oposición, portabilidad y bloqueo (art. 4 y arts. 5 a 9). Se ejercen mediante solicitud escrita ante el responsable, que debe resolver dentro de 30 días corridos, prorrogables por una sola vez hasta por otros 30 (art. 11).
¿Cuáles son los derechos ARCO+?
- Acceso: saber qué datos tuyos trata la empresa y cómo (art. 5).
- Rectificación: corregir datos inexactos o desactualizados (art. 6).
- Supresión o cancelación: eliminar datos en los casos que la ley permite (art. 7).
- Oposición: oponerse a un tratamiento, incluidas las decisiones automatizadas y el perfilamiento (art. 8 y art. 8 bis).
- Bloqueo: suspender temporalmente el uso de un dato mientras se resuelve una solicitud (art. 8 ter).
- Portabilidad: recibir tus datos en un formato estructurado y traspasarlos a otro responsable (art. 9).
Estos derechos son personales, intransferibles e irrenunciables, y no pueden limitarse por acto o contrato (art. 4).
¿En qué plazo debe responder tu empresa?
El responsable debe acusar recibo y pronunciarse a más tardar dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de ingreso de la solicitud, prorrogables por una sola vez hasta por otros 30 días corridos (art. 11). Si deniega la solicitud, debe fundarlo e informar al titular su derecho a reclamar ante la Agencia dentro de 30 días hábiles; si no responde en plazo, el titular puede reclamar directamente (art. 11).
Cuando el titular pide un bloqueo temporal junto con una solicitud de rectificación, supresión u oposición, el responsable debe resolverlo dentro de 2 días hábiles (art. 11 y art. 8 ter).
¿Cómo se ejercen y cuánto cuestan?
Se ejercen por escrito (correo electrónico, formulario u otro medio electrónico equivalente), individualizando al titular y autenticando su identidad (art. 11). La rectificación, la supresión y la oposición son siempre gratuitas; el acceso también es gratuito al menos una vez por trimestre (art. 10).
¿Qué pasa si la empresa no responde?
El titular puede iniciar ante la Agencia un procedimiento de tutela de derechos dentro de 30 días hábiles desde la denegación o el vencimiento del plazo; ese procedimiento no puede durar más de 6 meses y su resolución es impugnable judicialmente dentro de 15 días hábiles (art. 41).
Fuentes
Material informativo elaborado por el equipo de iDataSeguro sobre el texto oficial de la Ley 21.719 (Biblioteca del Congreso Nacional). No constituye asesoría legal: consulta a un abogado para tu caso particular.